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Hackers

Emilio del Peso Navarro
Abogado y Ldo. en Informática

Existe en el micromundo informático una diversidad variopinta de piratas informáticos denominados hackers, crackers, sniffers, etc. que algunos, con gran benevolencia, dividen en buenos y malos. Nosotros los consideramos a todos malos dado las molestias que ocasionan al tráfico informático.

Los piratas del siglo XVI perturbaban el tráfico marítimo; estos piratas de finales del siglo XX soliviantan el tráfico ciberespacial infiltrándose en las redes telemáticas, principalmente en Internet.

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado español, especialmente la Policía Nacional y la Guardia Civil, desde hace algún tiempo están formando unidades de élite con conocimientos informáticos y telemáticos para combatir el delito informático.

Los mandos de dichos Cuerpos son conscientes del peligro que supone la delincuencia informática perpetrada por el crimen organizado o simplemente por los delincuentes de "cuello blanco" dado los métodos tan sofisticados que utilizan lo que hace muy difícil su detección y por otro lado el silencio de los perjudicados, en la gran mayoría de casos entidades bancarias, que temen la pérdida de imagen que sufrirían si se llegase a conocer que han sufridos quebrantos económicos debido a la inseguridad de sus sistemas informáticos.

Es de alabar esta labor callada, a veces poco conocida, que vienen realizando dichos Cuerpos ya que sin ella nuestro país quedaría inerme ante este tipo de delincuencia, cada día más frecuente, que afecta especialmente al patrimonio de entidades financieras, a la intimidad de las personas y a la propiedad intelectual principalmente de los programas de ordenador. También cada vez nos afectará más a nosotros personalmente ya que si conectamos nuestro ordenador personal a las redes telefónicas pasamos inmediatamente a ser posibles objetivos de estos piratas.

Fruto de esta preparación de la Guardia Civil y de la Policía Nacional han sido las operaciones Toco y Tornado. El nombre de la primera operación Toco, realizada por la Guardia Civil, procede de uno de los alias que dos estudiantes de la Escuela de Ingeniería de una Universidad de Tarragona empleaban en sus operaciones ilícitas por Internet.

Estos estudiantes se dedicaban, en uno de los casos, a acceder a diferentes ficheros destruyendo parte de su información, por ejemplo: borraron la información que de ellos tenían en la biblioteca de la Universidad acerca de los libros que habían tomado en préstamo, otras veces suplantando la personalidad de un alto ejecutivo de una empresa obtuvieron información privilegiada de ésta...

Los estudiantes han sido acusados de violación de datos y daños a los sistemas de seguridad, actuaciones tipificadas en el Código Penal como delitos en los artículos 197 264.2 y que podría acarrearles, en caso de ser declarados culpables, unas penas de prisión de uno a cuatro años y de uno a tres años respectivamente, y una multa de doce a veinticuatro meses en ambos casos.

Lo curioso ha sido la reacción de un grupo de internautas que han hecho aparecer en ciertas listas de Internet mensajes a su favor.

Como vemos, aún existen algunos que creen que estos hackers lo que hacen es tan sólo demostrar la vulnerabilidad de los sistemas de seguridad informáticos y no causan ningún daño olvidando que, en el mejor de los casos, obligan a realizar cuantiosos desembolsos en seguridad informática que, si ellos no existiesen, no serían necesarios.

La operación Tornado, llevada a efecto por el Cuerpo de Policía Nacional, tiene para nosotros, desde el punto de vista jurídico, mayor interés.

El objetivo de la operación fue la desarticulación de una red de piratas de software que funcionaba por toda España vendiendo los programas de ordenador que obtenía a través de Internet.

Los piratas se anunciaban en la Red y enviaban las copias ilícitas por correo o por mensajerías. Se les acusó de un delito contra la propiedad intelectual tipificado en el artículo 270 del Código Penal, sancionado con una pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a veinticuatro meses, encontrándose el procedimiento en trámite.

Esto con ser importante no es lo que despierta nuestro interés por este caso, sino el hecho de que la policía en los registros adecuados encontró un fichero de clientes de los piratas y merced a él procedió a la detención de treinta personas a las que se acusó de receptación, delito contemplado en el artículo 298 del Código Penal vigente y sancionado con una pena de prisión de seis meses a dos años.

Es la primera vez, que recordemos, que en nuestro país se acusa a los compradores de copias piratas de programas de este tipo de delito.

El anterior Código Penal aparte del ánimo de lucro y del conocimiento de la procedencia ilícita de los productos adquiridos exigía que hubiese habitualidad, elemento que no es requerido en el Código Penal vigente.

Es un precedente muy interesante para poder seguir en esa lucha en la que toda la sociedad tiene que implicarse para erradicar de una vez por todas esa lacra de nuestro tiempo que es la piratería del software.

(Publicado en el núm. 16, noviembre 1997, de la revista EN LÍNEA informática)