Estamos en:
Le describimos cómo podemos ser útiles a su entidad, con consultores y auditores, titulados en Informática expertos en seguridad, y abogados especializados en datos personales (LOPD y Reglamento), y le podemos aportar información más completa, así como una presentación
Ayudamos a nuestros clientes a conocer su situación (diagnóstico, evaluación de riesgos), a implantar normas y controles (consultoría) para mejorar la seguridad y la gestión de sus sistemas de información y sus datos de carácter personal, y al cumplimiento de la legislación (declaración de ficheros, auditoría), a la continuidad de sus sistemas (planes de contingencia y de continuidad del negocio) así como a través de la formación y los libros sobre datos personales que publicamos.
Abarcamos todos los sectores de actividad y todo el territorio nacional, habiendo realizado proyectos internacionales en varios países de Europa y de América.
Con estas palabras zanjaba Mar España, Directora de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en el marco del X Foro de la Privacidad celebrado en Madrid, los rumores que se habían generado a raíz de unas desafortunadas declaraciones sobre la posibilidad de que se ampliase el plazo en que será de aplicación el RGPD.
La figura del Delegado de Protección de Datos (DPD) no es obligatoria para todos los responsables de tratamientos y tampoco es obligatorio que estén certificados, pero ambas cosas son recomendables. ¿Necesita nuestra empresa un DPD certificado?
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos. ¿Será suficiente este impulso para traspasar la frontera del 25 de mayo con un marco regulatorio más claro y coherente?
Ha sido en el marco de la defensa de sus derechos por un trabajador rumano que fue despedido por su empresa por vulnerar la normativa interna que prohibía el uso de recursos de la empresa para fines personales, para lo que había estado accediendo al contenido de los correos electrónicos intercambiados por el trabajador desde una cuenta de correo cuya apertura había sido solicitada por la empresa con fines laborales.
Sabemos que lo de «borrador de anteproyecto» suena a un texto todavía en pañales, y es que realmente aún podría haber muchos cambios; tenemos reciente el ejemplo del Reglamento General de Protección de Datos cuyos primeros borradores empezaron a circular en el año 2012, pero decimos podría porque somos conscientes de que el texto no ha sido fruto de la improvisación y porque el plazo previsto para su aprobación es breve, si bien podríamos encontrarnos en un escenario en el que superado el 25 de mayo de 2018 no tuviésemos aún una modificación de la LOPD en vigor.
A falta de conocer el contenido del borrador de Anteproyecto de Ley de Protección de Datos, el Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Justicia sobre la oportunidad y las novedades de dicho texto, según se desprende de la referencia publicada en la página web del Consejo.
El Reglamento Europeo de Protección de Datos ya está en vigor desde hace un año y cada vez está más próxima la fecha en que será de aplicación, el 25 de mayo de 2018. La Agencia Española de Protección de Datos va publicando guías y orientaciones acerca de la adaptación a la nueva norma, pero ¿qué pasa con el margen de decisión que deja el RGPD a los Estados miembros?
© 2012 IEE Informáticos Europeos Expertos.